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Estatus de inmigración que califican para obtener seguro médico.

Las personas con los siguientes estatus de inmigración califican para obtener cobertura de seguros médicos.

Los inmigrantes con los siguientes estatus califican para obtener seguro médico:

  • Residente permanente legal (LPR/Portador de una tarjeta de residente permanente)

  • Asilado

  • Refugiado

  • Participante Cubano-Haitiano

  • Bajo entrada condicional en los EE.UU.

  • Persona presente bajo entrada condicional concedida antes de 1980

  • Cónyuge, o hijo y pariente maltratado

  • Víctima del tráfico de personas, y su cónyuge, hijo, hermano o pariente

  • Suspensión de deportación o remoción otorgada, bajo las leyes de inmigración o bajo el Convenio contra la tortura (CAT, por su sigla en inglés)

  • Individuo con estatus de no-inmigrante, incluye visas de trabajo (tal como H1, H2A, H-2B), visas de estudiante, U-visa, T-visa y ciudadanos de Micronesia, las Islas Marshall, y Palau

  • Estatus de protección temporal (TPS, por su sigla en inglés)

  • Partida forzada diferida (DED, por su sigla en inglés)

  • El Estatus de acción diferida (Excepción: la Acción Diferida para los llegados a EE.UU. en la infancia. (DACA, por su sigla en inglés) no es un estatus de inmigración elegible para solicitar seguro médico)

  • Residente temporal legal

  • Orden administrativa aplazando una remoción, emitida por el Departamento de seguridad nacional

  • Miembro de una tribu nativa estadounidense reconocida federalmente, o indígena estadounidense nacido en Canadá

  • Residente de Samoa Americana

Los solicitantes de cualquiera de estos estatus califican para usar el Mercado:

  • Estatus de protección temporal con autorización de empleo

  • Estatus de inmigrante especial joven

  • Ajuste a estatus LPR

  • Víctima de tráfico de visa

  • Asilo (ver la nota más adelante)

  • Suspensión de deportación o suspensión de remoción, bajo las leyes de inmigración o bajo el Convenio contra la tortura (CAT, por su sigla en inglés) (ver la nota más adelante)

Quienes soliciten asilo son elegibles para una cobertura del Mercado solamente si se les ha concedido autorización de empleo o son menores de 14 años, y han tenido una solicitud pendiente por al menos 180 días

Las personas con los siguientes estatus y que tengan autorización de empleo califican para el Mercado:

  • Solicitantes a través de registro

  • Orden de supervisión

  • Solicitante para cancelación de remoción o suspensión de deportación

  • Solicitante para legalización bajo IRCA (Immigration Reform and Control Act)

  • Legalización bajo la Ley LIFE

Recuerde: La información sobre el estatus migratorio será usada sólo para determinar su elegibilidad para cobertura médica y no por la ley de inmigración.

- Ciudadanos de los EE.UU.

Un ciudadano de los EE.UU. es alguien nacido en los Estados Unidos (incluidos los territorios de los EE.UU. excepto Samoa Americana) o nacido fuera de los EE.UU. pero que:

  • Se ha naturalizado como ciudadano de los EE.UU.

  • Obtuvo la ciudadanía a través de la naturalización de su padre o su madre.

  • Obtuvo la ciudadanía a través de la adopción por padres ciudadanos de los EE.UU. si se cumplen determinadas condiciones.

  • Adquirió la ciudadanía de nacimiento porque nació de padres ciudadanos de los EE.UU.

  • Tiene ciudadanía de los EE.UU. por ministerio de la ley.

Algunos datos incluidos en estas Preguntas frecuentes fueron recopilados de estos recursos: healthcare.gov

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